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En días pasados (17 de Diciembre de 2020), la DIAN dio a conocer el proyecto de resolución mediante el cual se adopta la nomina electrónica en Colombia, un cambio que la mayoría de las empresas de adoptar y cumplir a lo largo del año 2021.

¿Qué es el nuevo documento soporte de pago de nómina electrónica y quiénes están obligados a generarla?

¿Qué es el nuevo documento soporte de pago de nómina electrónica?

Es un documento electrónico que constituirá el soporte de los costos y deducciones en el impuesto sobre la renta y complementarios, por los pagos relacionados con la nómina y que se desprenden de una relación laboral.

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¿Qué empresas o sujetos están obligadas a generar y transmitir la nómina electrónica?

Los sujetos obligados a generar, transmitir y validar el documento soporte de pago de nómina, son aquellos contribuyentes que realizan pagos que se derivan de una vinculación por una relación laboral o legal y reglamentaria y por pagos a los pensionados, que requieran soportar los costos y deducciones en el impuesto sobre la renta y complementarios.

Esto también aplica para entidades del estado del orden nacional y territorial, e inclusive para los NO obligados.

Según como está planteado en el proyecto de resolución sería catalogado como un documento soporte y deberá generarse de forma mensual y deberá transmitirse dentro de los diez (10) días siguientes del mes en el cual debió generarse la información.

Calendario tentativo de la implementación de nómina electrónica es el siguiente:

  • Si su empresa tiene más de 25 empleados, deberá iniciar el proceso de habilitación el 31 de marzo de 2021 y tendrá como fecha máxima de inicio de transmisión de la información de nómina electrónicamente el 30 de abril de 2021.
  • Si su empresa tiene desde 11 hasta 250 empleados, iniciará su habilitación el 31 de marzo de 2021 y tendrá como fecha máxima de inicio de transmisión el 31 de mayo de 2021.
  • Si su empresa tiene desde 4 hasta 10 empleados, deberá iniciar su habilitación el 31 de marzo de 2021 y tendrá como fecha máxima de inicio de transmisión el 30 de junio de 2021.
  • Si su empresa tiene hasta 3 empleados, inicia habilitación el 31 de marzo de 2021 y tiene como fecha máxima de inicio de transmisión el 31 de julio de 2021.
  • Si su empresa es una entidad del estado del orden nacional territorial, deberá iniciar su habilitación el 31 de marzo de 2021 y su fecha máxima para iniciar transmisión el 30 de junio de 2021.
  • Si usted o su empresa no está obligado a expedir facturación electrónica, puede iniciar habilitación desde el 31 de enero de 2022, y tendrá como fecha limite para iniciar transmisión el 31 de marzo de 2022.

Conoce ¿Con qué elementos debe contar un Software de Nómina?

¿Qué debe hacer para cumplir con el requisito de nómina electrónica de la DIAN?

La buena noticia es que, si usted o su empresa tiene que implementar la nómina electrónica de acuerdo con el calendario propuesto por la DIAN, lo podrá hacer muy fácil implementando un software de nómina en la nube, que además de liquidar automáticamente su nómina, se encargará de hacer el proceso de transmisión de nómina electrónica hacia la DIAN de forma automática.

Si bien existen diferentes maneras de liquidar tu nómina (ej. Planillas manuales, Excel, o software instalado en tu computador, etc.), una de las mejores alternativas en Colombia para realizar fácil es este proceso es el software de nómina de LOGGRO, que además de ayudarte a liquidar rápido y fácil tu nómina, cumplirá con los requerimientos de nómina electrónica de la DIAN, y al ser en la nube estará siempre actualizado con los requerimientos de la ley Colombiana. Lo mejor de todo es que tu información estará completamente segura y podrás acceder a tu sistema desde cualquier computador con internet, en cualquier momento y desde cualquier lugar.

Si deseas más información del software de nómina de Loggro, ¡contáctanos!

Sobre el Autor:

Equipo Editorial Loggro

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