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Con la Resolución 000042 del 5 de mayo de 2020, la DIAN estableció el nuevo calendario para fijar los plazos de implementación de la facturación electrónica.

A esto se suma que esta Resolución también indica cuáles son los principales requisitos y aspectos relacionados con el sistema de facturación vigente. En este artículo te contamos cuáles son los plazos de implementación y otros consejos que te servirán a la hora de comenzar con este proceso, en caso de que hagas parte del Régimen Simple.

¿Qué es la Resolución 000042 del 5 de mayo de 2020? 

Luego de haber expedido su proyecto de Resolución, publicó la Resolución 000042 del 5 de mayo de 2020, con la que se encargó de instaurar los nuevos lineamientos que hacen parte del sistema de facturación, para los proveedores tecnológico autorizados, sobre los registros de las facturas electrónicas y el nuevo calendario que aplica para su implementación. Todo esto conforme las modificaciones que se realizaron con la Ley 2010 de 2019 y el Decreto 358 de 2020. Consulta aquí la reglamentación relacionada con la Facturación Electrónica. 

Puntos clave de la Resolución 000042 del 5 de mayo de 2020

En conclusión, esta Resolución establece los términos, condiciones y los mecanismos técnicos y tecnológicos para generar, transmitir, validar, expedir y entregar las facturas electrónicas a los denominados adquirentes. A lo anterior se suma que con la Resolución, tanto las facturas electrónicas con validación previa, como el resto de los sistemas de facturación vigentes se consideran como un soporte de ventas y/o prestación de servicios y por esto soportan solicitudes relacionadas con deducciones, costos e impuestos descontables. 

¿Quiénes son los obligados a expedir facturas de venta o documentos equivalentes? 

Según los lineamientos del Artículo 6 de la Resolución 000042 de 2020, están obligados a generar factura de venta o documentos equivalentes los contribuyentes que por todas o cada una de sus operaciones cumplan con las siguientes condiciones.

  • Responder por el IVA.
  • Responder por el INC (Impuesto Nacional al Consumo)
  • Tanto las entidades como las personas que cuenten con la calidad de comerciantes, que ejerzan profesiones liberales o que presten cualquier tipo de servicio inherente a la misma, quienes enajenen bienes producto de la actividad agrícola o ganadera, independientemente de la calidad de contribuyentes de impuestos que sean administrados por la DIAN.
  • Los litógrafos y tipógrafos que no respondan por el IVA, siguiendo las indicaciones relacionadas en el parágrafo 3 del Artículo 437 del ET (Estatuto Tributario).
  • Aquellos contribuyentes que se encuentren inscritos al Régimen Simple de Tributación.

Todos los anteriores se encuentran obligados a expedir factura electrónica de venta y/o documentos equivalentes, siguiendo los lineamientos del Artículo 8 de la Resolución 000042 de 2020.

Cabe destacar que pueden emitir facturas de papel o talonario en el momento que cuenten con inconvenientes tecnológicos o si se encuentran realizando el proceso de implementación de la facturación electrónica. Para este caso es importante que conozcas todo lo relacionado con las facturas de contingencia. 

Plazos para implementar la facturación electrónica en 2020

Con el Artículo 20 de la Resolución 000042 de 2020 se amplía por cuarta vez el plazo para implementar la facturación electrónica en Colombia. El nuevo calendario indica que el 15 de mayo de 2020 es la fecha de inicio para realizar el registro y la habilitación en el sistema de Servicio Informático Electrónico de validación previa para quienes se encuentren obligados a facturar electrónicamente. 

Fechas para la implementación de la facturación electrónica por grupos en 2020 

Teniendo en cuenta lo anterior, las nuevas fechas para comenzar a expedir facturas electrónicas de venta se cumplirá por grupos de la siguiente manera.

  • Grupo 1: 15 de junio de 2020
  • Grupo 2: 1 de julio de 2020
  • Grupo 3: 4 de agosto de 2020
  • Grupo 4: 1 de septiembre de 2020
  • Grupo 5: 1 de octubre de 2020
  • Grupos 6, 7 y 8: 1 de noviembre de 2020

Para realizar la implementación de la facturación electrónica por grupos es importante tener en cuenta el código CIIU del contribuyente obligado a facturar, este se encuentra registrado en el RUT. En el caso de los demás sujetos obligados, independientemente de su actividad económica CIIU, el plazo que tienen para expedir facturas electrónicas de venta será entre el 15 de junio, 1 de octubre y 1 de noviembre de 2020, dependiendo del grupo al que hagan parte según el numeral 2 del Artículo 20 de la Resolución 000042 de 2020. 

Plazos para la implementación de la facturación electrónica en el Régimen Simple 

Los contribuyentes que decidan hacer parte del Régimen Simple de Tributación van a tener un plazo de 2 meses, contados desde el momento de la inscripción a este Régimen, para implementar el sistema de facturación electrónica.

A pesar de esto, deben expedir facturas de venta y/o documentos equivalentes en las operaciones económicas que realicen, haciendo uso para esto de los sistemas de facturación que se encuentren vigentes, hasta la fecha máxima para iniciar con la expedición de la factura electrónica. Aquí encuentras las diferencias entre sistemas gratuitos de facturación versus sistemas pagos de facturación.

Es importante aclarar que lo anterior también aplica para los nuevos sujetos que adquieran la obligación de expedir facturas electrónicas con posterioridad a la entrada en vigor de la Resolución 000042 del 5 de mayo de 2020. 

Consejos para la implementación de la facturación electrónica en el Régimen Simple 

A pesar de que ya conoces cuáles son los plazos para comenzar a facturar electrónicamente en el Régimen Simple de Tributación te recomendamos que sigas estos consejos para tu implementación.  

Elije el software de facturación electrónica que más se ajuste a las necesidades de tu empresa 

Para esto debes hacerlo con por lo menos ocho meses de anticipación y tómate un mes para realizar las pruebas necesarias, así vas a poder conocer la interfaz y podrás asegurarte de que cumple con las necesidades de tu empresa.

Prueba el Software que elegiste 

Una vez elijas tu software de facturación electrónica es importante que te asegures de que es el correcto para tu empresa. Ten presente que debe ser ágil al migrar la información y al emitir las facturas que necesitas en tu día a día. 

Analiza los precios 

Te recomendamos que analices cuánto te puede costar contratar los servicios de un software de facturación electrónica versus un software de gestión, con este último puedes tener múltiples beneficios como gestionar tu nómina, realizar inventarios sincronizados con tu sistema de facturación, cuentas con módulos contables, etc.

Ten presente que un software especializado en facturación electrónica puede tener precios elevados gracias a que hasta ahora están incursionando en el mercado y deben cubrir todos sus costos de producción.

Los software contables integrados, como Loggro, siempre serán más económicos y te puede brindar más beneficios. Aquí puedes saber cuánto cuesta implementar la facturación electrónica en 2020 y adelante. 

Fíjate en el soporte que tiene tu software 

Otro aspecto importante, además del precio, es el soporte que te brinda tu software. Asegúrate de que el soporte sea directamente con la compañía que contrataste. Esto porque muchos de los que hacen parte del Régimen Simple contratan software de gestión que subcontratan con otras empresas su sistema de facturación, pero al momento de brindar asistencia es posible que te enfrentes a estas situaciones:

  • Costos adicionales por el proceso de capacitación de tus empleados.
  • Asistencia poco suficiente.
  • Desconocimiento de las fallas.
  • Irresolución del problema por problemas de integración.
  • Desvinculaciones de los sistemas y desconexiones de las diferentes áreas del negocio. 

Averigua sobre el precio real que tiene facturar electrónicamente 

Los proveedores de facturación electrónica cuentan con precios definidos por cada documento que emitas o te brindan cierta cantidad de facturas al mes por un cobro establecido, averigua cuál es el proveedor que se ajusta con los precios y cumple los requisitos anteriores.

Si haces parte del Régimen Simple de Tributación y estás interesado en implementar el sistema de facturación electrónica en tu negocio, ten presente que en Loggro desarrollamos un sistema de facturación robusto e intuitivo para que cumplas con tus obligaciones tributarias sin complicaciones.

Lo mejor es que los precios se ajustan a las necesidades de tu empresa y puedes contar con el soporte de nuestros especialistas en el momento que más lo necesites sin pagar más. 

Sobre el Autor:

Equipo Editorial Loggro

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